Friday, December 21, 2007

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Solicitada aparecida en los principales diarios de Chascomús...

"CUANDO LA LEY ES SECUNDARIA"

Como aún Propietarios de la Casa Quinta ubicada sobre la Ruta Provincial Nº 2, asistimos con asombro a la actuación cumplida por la Sra. Intendente Municipal y el Concejo Deliberante la semana próxima pasada, en el hecho que pasamos a relatar.- En el año 2006 y 2007, consultamos en la Municipalidad, sobre la factibilidad de destinar la propiedad descripta, a un Loteo y construcción de viviendas.- Conforme a la Ordenanza en vigencia, se nos indicó, correctamente, que el Plan Regulador no lo permitía, entregandosenos copia del Artículo 168 de la Ordenanza 1272/81, que determina que la Zona donde se encuentra es Agropecuaria.................................- Tambien se nos dijo que podíamos peticionar la modificación de la Zonificación y que el mismo pasaría a consideración, la resolución no sería inmediata, pues existen estudios de factibilidad que demandan tiempo, tal lo sucedido con la autorización para el Club de Campo ubicado en el Acceso Norte.-

Ante ello, decidimos la venta como Casa Quinta.- En el mes de Octubre de 2007, acordamos con dos compradores la venta del Inmueble.- Conviniendo que hasta el 25 de Abril de 2008, No Transferiremos el Dominio, ni entregaremos la Posesión del predio.-

Tomamos conocimiento, que sin nuestra autorización, el día 27 de Noviembre de 2007, uno de lo compradores, peticiona al Intendente Municipal se realice una Excepción, incluyendo a nuestra quinta en la Zona Complementaria Industrial.-

El mismo día 27 de Noviembre de 2007, con suma diligencia, NO habitual en los trámites Administrativos, la Sra Intendente Municipal eleva al Concejo Deliberante el Proyecto de Ordenanza para el cambio de Zonificación pedida.-

EL Apuro fue tanto, que NADIE LE PIDIO AL SOLICITANTE DE LA EXCEPCION, QUE ACREDITARA EL DOMINIO Y/O LA POSESION DEL INMUEBLE.-

QUE POR SUPUESTO NO TENIA, NI TIENE HOY.-

A los (8) ocho días hábiles de haberlo recibido, el Concejo Deliberante por Mayoría de 7 votos contra 6, Votó a favor de la Excepción.- De los 7 concejales que votaron a favor de la Excepción, CUATRO (4) terminaban su mandato.-

1.- Por que tanto apuro, si quien lo requirió no acreditó Derecho alguno para hacerlo? - 2.- Por que, si la Habilitacion del Club de Campo de Acceso Norte, tuvo que esperar CASI UN AÑO para lograr la modificación del Plan Regulador, aquí se concede una excepción en OCHO DIAS HABILES?.- 3.- Por que se concede una Excepción para UNA SOLA PARCELA EN PARTICULAR Y NO PARA TODA LA ZONA?.- 4.- Que función cumplió aquí o dejó de cumplir la Secretaría de Planificación y Desarrollo Municipal?.- 5.- Que función cumple el COUT?.- 6.- Por que se concreta la Excepción, si no existe en la Municipalidad ni en el Concejo Deliberante, una sola constancia de que quien lo requirió, sea el Dueño de la Propiedad?.-

Si las condiciones contractuales son cumplidas, el día 25 de Abril de 2008, entregaremos el Dominio y la Posesión de la fracción descripta.-

Las Autoridades Públicas indicadas y el Comprador que lo pidió, con su accionar unilateral, han "modificado" las condiciones acordadas de la Compraventa, en cuanto a su Precio, ya que al cambiar la Zonificación le han agregado valor al Inmueble, lo cual nos concedería el Derecho de peticionar judicialmente ello.-

Que quede claro, ni por "toda la plata del mundo" incumpliremos la PALABRA EMPEÑADA, NI SOLICITAREMOS LA MODIFICACION DEL PRECIO.-

Eso sí, hasta el 25 de Abril de 2008, en el predio no hay modificaciones.-

Nos llama poderosamente la atención, por su habitual forma de actuar en un caso de Excepción semejante ya referenciado, la rapidez AHORA en lograr el tratamiento, votación y aprobación por parte de la mayoría de concejales y el actuar de la Sra. Intendente, hay falta de apego a las Formas y al Fondo.- Se esta permitiendo una excepción a las reglas y, por esto, discriminando a vecinos con, supuestamente, iguales derechos.- Despierta curiosidad el actuar de algunos funcionarios públicos y el "raro" desconocimiento de ordenanzas y procedimientos de nuestros concejales, algunos con estudios ligados al derecho. Se ha justificado la rapidez del tratamiento y aprobación en la magnitud de la inversión y la creación de fuentes de trabajo.-

Estimados, la atracción de inversiones y, en consecuencia, la creación de trabajos, ocurren normalmente en donde existe respeto a las normas, igualdad y reglas (u ordenanzas) claras y procedimientos apegados a LA LEY.-

Sra. Intendenta, concejales actuales y concejales que finalizaron sus mandatos recientemente, si queremos una Ciudad con inversiones, creación de empleos e igualdad de oportunidades, actuemos conforme lo que LA LEY indica.-

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